Consejo Universitario Destacado
El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la UNSAAC. Está integrado por:
- El Rector, que lo preside.
- Los Vicerrectores.
- Un cuarto (1/4) del número total de decanos titulares, elegidos por y entre ellos en forma rotativa por un periodo anual.
- El Director de la Escuela de Posgrado.
- Los representantes de los estudiantes regulares que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo.
- Un representante de los graduados, con voz y voto.
- El Secretario General de la UNSAAC, el Director General de Administración; y otros funcionarios o docentes convocados de acuerdo a la agenda a tratar con voz y sin voto.
- Un representante por cada uno de los gremios de la UNSAAC, con voz y sin voto.
SON FUNCIONES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO:
- Garantizar y defender la autonomía universitaria e inviolabilidad de todos los recintos de la UNSAAC.
- Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento y de gestión de la UNSAAC.
- Sancionar el Reglamento de Organización y Funciones de la UNSAAC, el Reglamento de Elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento.
- Aprobar el Presupuesto Institucional, el Plan Anual de Contrataciones (Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras).
- Autorizar los actos y contratos que corresponden a la UNSAAC y resolver todo lo pertinente a su economía.
- Proponer a la Asamblea Universitaria la creación, fusión, supresión o reorganización de unidades académicas e institutos de investigación.
- Concordar y ratificar los planes de estudios y de trabajo propuestos por las unidades académicas de pre y posgrado, centros e institutos.
- Nombrar al Director General de Administración y al Director de Planificación a partir de una terna de profesionales en administración, contabilidad y/o economía a propuesta del Rector.
- Nombrar al Secretario General, a partir de una terna de profesionales en derecho a propuesta del Rector.
- Nombrar, contratar, promover y rotar a los jefes de áreas y unidades o a los que hagan sus veces, a propuesta del jefe inmediato o su equivalente.
- Nombrar, contratar y promover al personal administrativo, de conformidad a la normatividad vigente
- Nombrar y contratar a los docentes de acuerdo a la Ley Universitaria N° 30220 Ley Universitaria a propuesta de las unidades académicas respectivas.
- Ratificar, promover y separar a los docentes de acuerdo a los Artículos 84° y 88°, inciso 88.3 de la Ley Universitaria, a propuesta de las unidades académicas respectivas.
- Conferir grados académicos y títulos profesionales aprobados por las Facultades y la Escuela de Posgrado.
- Otorgar distinciones honorificas de acuerdo a su propio Reglamento.
- Reconocer y revalidar los estudios, grados y títulos de universidades extranjeras, previa autorizada por las SUNEDU.
- Aprobar las modalidades de ingreso e incorporación de estudiantes a la UNSAAC y determinar anualmente el número de vacantes para el proceso ordinario de admisión, en concordancia con el Presupuesto y el Plan de Desarrollo de la UNSAAC, a propuesta de las facultades, previo estudio de mercado.
- Fijar las remuneraciones y todo concepto de ingresos de las autoridades y docentes de acuerdo a los Artículos 88° y 96° de la Ley Universitaria y a Ley.
- Fijar las remuneraciones y todo concepto de ingresos de los trabajadores de acuerdo a Ley.
- Ejercer, en instancia revisora, el poder disciplinario sobre los docentes, estudiantes y personal administrativo, en la forma y grado que lo determina el Estatuto y los reglamentos.
- Celebrar convenios con universidades extranjeras, organismos gubernamentales, internacionales u otros sobre investigación científica y tecnológica, así como otros asuntos relacionados con las actividades de la UNSAAC.
- Pronunciarse, en última instancia, sobre la vacancia de los Decanos, declarada por los Consejos de Facultad.
- Conocer y resolver todos los demás asuntos que no estén encomendados a otras autoridades universitarias.
- Aprobar y publicar el calendario del año académico, a propuesta del Vicerrectorado Académico.
- Reconocer los centros y asociaciones de estudios.
- Otras que señale el Estatuto, el Reglamento de Organización y Funciones y otros instrumentos de gestión de la UNSAAC.
Relación del Consejo Universitario
AUTORIDAD | CARGO |
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Dr. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE | RECTOR |
Dra. PAULINA TACO LLAVE | VICERRECTORA ACADÉMICA |
Dr. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANAL | VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN |
Dr. OSCAR VALIENTE CASTILLO | DIRECTOR DE LA ESCUELA DE POS GRADO |
Dr. ADOLFO ANTONIO SALOMA GONZALES | DECANO(e) DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y ARTES PLÁSTICAS |
Dr. ZENÓN LATORRE VALDEIGLESIAS | DECANO(e) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS |
DR. JOSÉ BÉJAR QUISPE | DECANO(e) DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS |
DRA. CLORINDA CAJIGAS CHACÓN |
DECANA (e) DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA |
MGT. ALCIDES CASTILLO PEÑA | DECANO (e) DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS |